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Proposición de Ley de modificación de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público

El artículo 58.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que "Los Ministerios contarán, en todo caso, con una Subsecretaría, y dependiendo de ella una Secretaría General Técnica, para la gestión de los servicios comunes previstos en este Título". Como consecuencia del referido artículo, la creación de un Ministerio, con independencia de su Presupuesto o de las Unidades Administrativas que tenga a su disposición, ha de implicar también obligatoriamente la creación de una Subsecretaría y una Secretaría General Técnica. Esta disposición impide la asunción por parte de esos órganos de servicios comunes agrupados de dos o más M [...]
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