justicia
Proposición de Ley Orgánica de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
El artículo 28.2 de la Constitución española reconoce a los trabajadores el derecho de huelga para la defensa de sus intereses. Este derecho se encuentra reconocido bajo la rúbrica "De los derechos fundamentales y de las libertades públicas", lo que le atribuye un carácter y una protección especial y, por lo tanto, no se trata solo, frente a anteriores normas prohibitivas, de un marco de libertad de huelga, saliendo, además, al paso de posibles prohibiciones, que solo podrían ser llevadas a cabo en otro orden jurídico-constitucional. Así, el derecho fundamental de huelga significa el levantamiento de las específicas prohibiciones, pero significa también que, en un [...]
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