justicia

Proposición de Ley Orgánica de modificación del artículo 570 bis de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial

El artículo 159 de la Constitución establece, en su apartado primero, la composición del Tribunal Constitucional, que estará integrado por 12 miembros nombrados por el Rey; de ellos, cuatro a propuesta del Congreso por mayoría de tres quintos de sus miembros; cuatro a propuesta del Senado, con idéntica mayoría; dos a propuesta del Gobierno, y dos a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.

Actualmente se da la situación de que el Consejo General del Poder Judicial carece del presupuesto legal habilitante para elegir a los dos Magistrados que por mandato constitucional le corresponde proponer. Esto es [...]
+ Leer más
Comentarios (0)
TODOS
MEJOR VALORADOS
Vota esta proposición
NO
ABSTENCIÓN
+SABER MÁS
Propuesta presentada por:
A FAVOR
EN CONTRA
ABSTENCIÓN
psoepodemosercpnvmpccprcbildujpcte
COMENTAR
VOTA ESTA PROPOSICIÓN
POSICIONAMIENTOS
COMENTARIOS (0)
Referenda usa cookies propias y de terceros para ofrecerte una mejor experiencia de usuario y para tareas analíticas. Para más información, revisa nuestra política de cookies.
Puedes aceptar todas las cookies pulsando “Aceptar” o configurar o rechazar su uso clicando aquí.
ACEPTAR