justicia
Proposición de Ley Orgánica de modificación del artículo 570 bis de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial
El artículo 159 de la Constitución establece, en su apartado primero, la composición del Tribunal
Constitucional, que estará integrado por 12 miembros nombrados por el Rey; de ellos, cuatro a propuesta
del Congreso por mayoría de tres quintos de sus miembros; cuatro a propuesta del Senado, con idéntica
mayoría; dos a propuesta del Gobierno, y dos a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.
Actualmente se da la situación de que el Consejo General del Poder Judicial carece del presupuesto
legal habilitante para elegir a los dos Magistrados que por mandato constitucional le corresponde proponer.
Esto es [...]
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