justicia

Proposición de Ley sobre modificación parcial de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General y de la Ley Orgánica de Financiación de Partidos Políticos


El artículo 193, apartado 2, de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, regula el límite de gasto electoral estableciendo que 'será el que resulte de multiplicar por 0,11 euros el límite de correspondientes a las poblaciones de derecho de las circunscripciones donde presente sus candidaturas cada partido, federación, coalición o agrupación'.


A continuación se regula en este apartado el complemento provincial del que no pueden beneficiarse las pequeñas formaciones políticas que se presentan en una sola circunscripción. La aplicación de este límite arroja unas cantidades que, como ha constatado el propio Tribunal de Cuentas en e [...]
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