justicia

Proposición de modificación de la Ley del régimen especial de las Illes Balears

La Constitución Española reconoce el hecho insular como un hecho diferencial que debe ser particularmente tenido en cuenta al establecer el adecuado y justo equilibrio económico entre los territorios del Estado español. De la formulación constitucional se desprenden dos efectos inmediatos: la existencia del hecho insular como conjunto de circunstancias específicas cuya determinación se encomienda al Estado, y la conclusión de que este hecho insular debe ser atendido a la hora de formular las políticas concretas cuyo objetivo no es otro que la materialización del equilibrio económico. Al mismo tiempo, el Tratado de la Unión Europea, desde su modificación en Amsterdam en junio de 1997, incluye una declaración anexa que reconoce que "las regiones insulares sufren desventajas estructurales v [...]
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